jueves, 30 de junio de 2011

La canción de la banca. (con permiso de Espronceda y en su caso de la SGAE)

Con diez millones por cuenta
En la ciudad o en la vega
Roza el fraude si no llega
Este hijo de Botín
Banco pirata que llaman
Por sus delitos bandido
En las bolsas conocido
Del uno al otro confín.

La quiebra en el banco riela,
en la bolsa surge ruina,
y la crisis avecina
dolor, hambre y miseria;
y ve el especulador pirata,
cantando alegre en la bolsa,
hundo a Asia, hundo a Europa,
y hundo después a Siberia:
Erlich
“Especula, banquero mío,
sin piedad,
que ni indignado bravío
ni gobierno, ni bonanza
tu robo a torcer alcanza,
ni a superar tu maldad”

Veinte quiebras hemos hecho
a despecho del irlandés,
y han rendido sus divisas
cien gobiernos
a mis visas.

Que es mi cartera mi tesoro,
que es mi dios lo liberal,
mi ley, dominar el gobierno,
mi única patria, el robar.
Rafa Castillo.

domingo, 26 de junio de 2011

Memorias de una guerra que no viví.

Negrín, el fiel perro de Teresa, acababa de lanzar el aviso. Sus ladridos advertían de la aproximación de aquellos hombres de uniformes azules y verdes. Poco imaginaba él que esos avisos lo llevarían a ser fusilado. En la mitad de las doce viviendas de la aldea empezaban movimientos frenéticos.
Mi padre bajaba por la trampilla que le llevaba al escondite situado en la planta baja de la casa entre la cuadra de los cerdos, la de las vacas y el taller de zapatería. Un zulo de unos cuatro metros cuadrados de piedra de mampostería, lleno de heno seco que ocultaba su presencia.
Mamá y mis hermanos adolescentes volvían a sus tareas habituales aparentando normalidad. Sentada en el arcón, mi anciana abuela nos cuidaba a mi hermana y a mi.
Pero aquel día el cura nos había delatado. Aquellos hombres venían a tiro fijo. Sabían ya donde buscar. En presencia de mi madre y con lágrimas en los ojos mis hermanos fueron obligados a retirar el heno hasta dejar a papá a la vista.
Yo, a mis cuatro años, sabía muy bien que hacer. Oculté mis zapatillas rojas tras la larga falda de la abuela. Sabía perfectamente que aquellos hombres malos venían a por los rojos.
Rafa Castillo.

viernes, 24 de junio de 2011

El re-rescate de Grecia.

El rescate hecho en su día a Grecia, Irlanda y Portugal perece no haber dado el resultado apetecido. Efectivamente, Grecia tiene que ser rescatada de nuevo, dando de paso a nuestra ex-Unión Europea una nueva ocasión para reafirmarse en el más contundente ridículo.
Y es que claro. A Grecia, y a los otros, se les presta dinero para refinanciar su deuda, pero se le imponen unas medidas que limitan su capacidad de crecimiento. Pero, si no crece, ¿cómo y con qué va a pagar?
Y ahí tenemos el círculo vicioso y la pescadilla que se muerde la cola. Grecia tendrá que adoptar nuevas medidas restrictivas que aplazarán nuevamente su salida de la crisis.
Pero no solo Grecia. También a nuestro país, como a Irlanda y Portugal, cumplida una obligación impuesta, cuando decimos “¿Ahora, qué?” Nos aparecen nuevos deberes imprescindibles para obtener la bendición de los mercados.
¿Quién garantiza a Grecia y a los demás que cumplidos los nuevos requisitos y aceptado el retraso en el crecimiento el insaciable mercado no exigirá más? Nadie, por supuesto. Al día siguiente pueden bajarnos la calificación y los expertos exigirán nuevos sacrificios.
¿Hasta cuando soportarán esto nuestras sociedades?
Solo espero que, el día que los ciudadanos no aguanten más, no tomen la opción de Alemania después de las draconianas exigencias del tratado de Versalles.
Rafa Castillo.

sábado, 18 de junio de 2011

Para todos los alcaldes que les pueda ser útil.

Algunos ayuntamientos, especialmente si se gobierna en minoría, se encuentran en una situación, a mi juicio equivocada, sobre si los corporativos pueden cobrar antes del “pleno en el que se fijan sus retribuciones”.
Yo creo que esa situación, fruto seguramente de la inercia, no es necesaria. A tal fin hago público en informe que sobre el particular hice en mi ayuntamiento, por si puede ser de interés para alguno/a


Retribución del Alcalde y Tenientes de Alcalde en el período entre la toma de posesión de la corporación y el acuerdo del Pleno del ayuntamiento que fija sus retribuciones.

 Informe de Secretaría Intervención.
  
El alcalde electo me pide un informe sobre la posibilidad de que tanto él, como los tenientes de alcalde que designe, podan percibir retribuciones a partir de su nombramiento ya que tiene dudas sobre si tiene que esperar al primer pleno en el que se fijen las retribuciones de los miembros de la corporación.

Nada dice la legislación sobre régimen local sobre esta situación. Ni dice que elegida una nueva corporación esta tenga que establecer ex novo un nuevo sistema retributivo.
La Ley Orgánica 5/1985 del Régimen Electoral General termina sus referencias a la administración local en la elección del alcalde y en la actuación de la corporación en los supuestos de mociones de censura o confianza dimisión fallecimiento, y similares.
La Ley 7/1985 Regulador de las Bases del Régimen Local dedica el capítulo V del título V al Estatuto de los miembros de las corporaciones locales cuyo contenido literal, en lo que interesa al tema, es el siguiente:
Artículo 73
2. Los miembros de las Corporaciones locales gozan, una vez que tomen posesión de su cargo, de los honores, prerrogativas y distinciones propios del mismo que se establezcan por la Ley del Estado o de las Comunidades Autónomas y están obligados al cumplimiento estricto de los deberes y obligaciones inherentes a aquél.
Artículo 75
1. Los miembros de las Corporaciones locales percibirán retribuciones por el ejercicio de sus cargos cuando los desempeñen con dedicación exclusiva, en cuyo caso serán dados de alta en el Régimen general de la Seguridad Social, asumiendo las Corporaciones el pago de las cuotas empresariales que corresponda, salvo lo dispuesto en el artículo anterior.
2. Los miembros de las Corporaciones locales que desempeñen sus cargos con dedicación parcial por realizar funciones de presidencia, vicepresidencia u ostentar delegaciones, o desarrollar responsabilidades que así lo requieran, percibirán retribuciones por el tiempo de dedicación efectiva a las mismas, en cuyo caso serán igualmente dados de alta en el Régimen General de la Seguridad Social en tal concepto, asumiendo las Corporaciones las cuotas empresariales que corresponda, salvo lo dispuesto en el artículo anterior. Dichas retribuciones no podrán superar en ningún caso los límites que se fijen, en su caso, en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado. En los acuerdos plenarios de determinación de los cargos que lleven aparejada esta dedicación parcial y de las retribuciones de los mismos, se deberá contener el régimen de la dedicación mínima necesaria para la percepción de dichas retribuciones.
5. Las Corporaciones locales consignarán en sus presupuestos las retribuciones, indemnizaciones y asistencias a que se hace referencia en los cuatro números anteriores, dentro de los límites que con carácter general se establezcan, en su caso. Deberán publicarse íntegramente en el "Boletín Oficial" de la Provincia y fijarse en el tablón de anuncios de la Corporación los acuerdos plenarios referentes a retribuciones de los cargos con dedicación exclusiva y parcial y régimen de dedicación de estos últimos, indemnizaciones y asistencias, así como los acuerdos del Presidente de la Corporación determinando los miembros de la misma que realizarán sus funciones en régimen de dedicación exclusiva o parcial.
El Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, en el artículo 13 del capítulo primero del título primero determina:
Artículo 13
1. Los miembros de las Corporaciones Locales tendrán derecho a percibir, con cargo al Presupuesto de la entidad local, las retribuciones e indemnizaciones que correspondan, en los términos que se determinan en los párrafos siguientes.
2. De acuerdo con lo establecido en el artículo 75.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril (LA LEY 847/1985), tendrán derecho a percibir retribuciones y a ser dados de alta en el Régimen General de la Seguridad Social los miembros de las Corporaciones Locales que desarrollen sus responsabilidades corporativas en régimen de dedicación exclusiva.
En el supuesto de tales retribuciones, su percepción será incompatible con la de cualquier otra retribución con cargo a los Presupuestos de las Administraciones Públicas y de los Entes, Organismos y Empresas de ellas dependientes.
3. El reconocimiento de la dedicación exclusiva a un miembro de la Corporación exigirá la dedicación preferente del mismo a las tareas propias de su cargo, sin perjuicio de otras ocupaciones marginales que, en cualquier caso, no podrán causar detrimento a su dedicación a la Corporación. En el caso de que tales ocupaciones sean remuneradas, se requerirá una declaración formal de compatibilidad por parte del Pleno de la entidad local.
4. El Pleno corporativo, a propuesta del Presidente, determinará, dentro de la consignación global contenida a tal fin en el Presupuesto, la relación de cargos de la Corporación que podrán desempeñarse en régimen de dedicación exclusiva y, por tanto, con derecho a retribución, así como las cuantías que correspondan a cada uno de ellos en atención a su grado de responsabilidad. El nombramiento de un miembro de la Corporación para uno de estos cargos sólo supondrá la aplicación del régimen de dedicación exclusiva si es aceptado expresamente por aquél, en cuyo caso esta circunstancia será comunicada al Pleno de la siguiente sesión ordinaria.
El artículo 38 del mismo reglamento dice:
Artículo 38
Dentro de los treinta días siguientes al de la sesión constitutiva, el Alcalde convocará la sesión o sesiones extraordinarias del Pleno de la Corporación que sean precisas, a fin de resolver sobre los siguientes puntos:
·  a)   Periodicidad de sesiones del Pleno.
·  b)   Creación y composición de las Comisiones informativas permanentes.
·  c)   Nombramientos de representantes de la Corporación en órganos colegiados, que sean de la competencia del Pleno.
·  d)   Conocimiento de las resoluciones del Alcalde en materia de nombramientos de Tenientes de Alcalde, miembros de la Comisión de Gobierno, si debe existir, y Presidentes de las Comisiones informativas, así como de las delegaciones que la Alcaldía estime oportuno conferir.
Finalmente, la Ley 5/1997 Reguladora de la Administración Local de Galicia determina, en su artículo 230 lo siguiente:
Artículo 230
En el ejercicio de su cargo, los miembros de las Corporaciones Locales observarán, en todo momento, las normas sobre incompatibilidades establecidas en el ordenamiento vigente y se abstendrán de participar en la deliberación, votación, decisión y ejecución de cualquier asunto si concurren en él algunas de las causas a que se refiere la legislación sobre procedimiento administrativo y la de contratos de las Administraciones Públicas.
Como se ve, salvo omisión, ninguna norma determina que tras la constitución de las corporaciones el pleno tenga que fijar un nuevo régimen retributivo. Suele hacerse seguramente por una inercia que se mantiene desde la primera vez que se aplicaron retribuciones. Y esa inercia lleva a que en ese pleno "de organización" se adopten, además de los acuerdos y comunicaciones que señala el artículo 38 del R.O.F.R.X.E.L otros como la creación de la junta de gobierno en los ayuntamientos de menos de 5.000 habitantes que no la tengan prevista en su reglamento orgánico y la determinación del régimen de dedicaciones y sus correspondientes retribuciones.
Y, efectivamente, nada impide que así se haga, pero es claro que no existe la obligación de hacerlo.
Hay que tener claro que la corporación no desaparece y aparece en cada proceso electoral. Cambian, o no, sus miembros, pero la corporación se mantiene con las mismas obligaciones y derechos que tenía y sin que ninguno de sus acuerdos pierda validez o vigencia, y por lo tanto tampoco el acuerdo que estableció el régimen de dedicaciones.
Además, carecería de toda lógica (elemento fundamental en la aplicación de la norma) que el alcalde o los concejales que asuman responsabilidades, y por lo tanto dedicación al ayuntamiento lo hagan sin ser retribuidos. La retribución es la contraprestación al esfuerzo, tiempo, dedicación y demás penalidades inherentes al trabajo que se realiza, y por lo tanto, de no abonarse al interesado se produciría un desequilibrio económico en el "contrato" entre la corporación y su miembro.
El artículo 83 de la Ley 7/1985 determina que desde su toma de posesión disfrutan de los honores, prerrogativas y distinciones propios del mismo que se establezcan por la Ley del Estado o de las Comunidades Autónomas y están obligados al cumplimiento estricto de los deberes y obligaciones inherentes a aquel. Entre las obligaciones, además de ejercer las funciones del cargo, está entre otras, como determina el artículo 230 de la Ley de Galicia 5/1997, la observación, en todo momento, de las normas sobre incompatibilidades.
Por lo tanto mantener la tesis contraria a la que aquí se defiende implicaría trabajar sin retribución y el deber de abstenerse de ejercer su oficio o profesión si resultara incompatible con el cargo.
Por otra parte no se puede olvidar el principio de anualidad presupuestaria y por lo tanto de sus bases de ejecución dentro de las cuales se determina el régimen de dedicaciones (en este ayuntamiento la base 14ª del vigente presupuesto).
No se puede dudar que si la función persiste debe persistir su contraprestación. Puede, naturalmente, el pleno adoptar cualquier acuerdo que la modifique por nuevas competencias, supresión de servicios o cualquier otra causa, pero ese acuerdo tendrá vigencia desde su adopción sin que pueda tener carácter retroactivo.
Finalmente es de destacar que el pleno establece, artículo 13.4 del R.O.F.R.X.E.L., la relación de cargos para los cuales se establece la dedicación dentro de la consignación presupuestaria disponible, y el alcalde, artículo 75.1 de la Ley 7/1985, que miembros de la corporación desenrollan cada uno.
Consecuencia de esto, es criterio del informante que el alcalde puede modificar incluso la cuantía de la retribución y el número de horas de dedicación parcial (por juntar o separar competencias) de cada cargo sin superar, en todo caso el total establecido por el pleno.
Y para terminar, si analizamos lo que ocurre en otras administraciones, cuya normativa tendría carácter de complementaria o supletoria en caso de vacío legal, vemos que en todas ellas, Estado o CCAA, el nuevo presidente nombrado percibe las retribuciones desde el primer día de su mandato, sin tener que esperar, ni esto impida, la facultad del correspondiente parlamento de modificar el régimen de dedicación.
Por lo tanto, a criterio del funcionario que firma, no impide que alcalde y concejales a los que aquel les asigne una responsabilidad que exija dedicación puedan percibir las correspondientes retribuciones desde el día de su toma de posesión.
Esto salvo mejor criterio.
A Pobra do Brollón, 13 de junio de 2011.
Fdo.: Rafael Castillo Reboiro.
Secretario Interventor.
Rafa Castillo.

miércoles, 15 de junio de 2011

Más sobre retribuciones de ediles.

Ya metidos en el costal, podíamos combatir dialécticamente otros conceptos que, aunque casi universales, carecen de fundamento legal, político y lógico. Uno de ellos es la retribución del alcalde.
Efectivamente está muy extendida la idea de que el alcalde debe de cobrar un euro más que el secretario. Pero nada hay que diga que tenga que ser así. Puede ser igual, o más o menos. “De según como se mire todo depende”.
Esta idea parte de la transposición equivocada de la norma imperante en el Reino Unido. Lo que allí ocurre es que el líder de la oposición gana no sé si una libra o un penique más que el primer ministro. Y no sé si es por día, por mes o por año, y tampoco viene al caso.
Pero el secretario no es el líder de la oposición, ni tiene en común con el alcalde más que el líder de la oposición. Uno es un funcionario y otro un cargo político. Al primero se le exige una preparación técnica que no necesita el segundo, que puede ser un ciudadano que ni sepa leer o escribir. Lo que, por supuesto, no desmerece nada ya que su responsabilidad, a la hora de decidir puede ser mayor que la del funcionario. Simplemente se trata de valorar las diferencias en uno u otro sentido para impedir confusiones.
Pues bien. El sueldo de un secretario depende de su situación personal. En ayuntamientos como en el que yo ejerzo puede ser del subgrupo A-1 o A-2, según sea o no licenciado. Y según el caso el nivel de complemento de destino puede ser del 16 al 30. un caso extremo supone mas de 760€ al mes, 9.200€ al año.
Y si hablamos del complemento específico las diferencias pueden ser mayores, y según que conceptos se apliquen. No cabe duda que al secretario se le exige más preparación, por ejemplo que al alcalde, pero tampoco la cabe de que este tiene mayor responsabilidad, y a veces dedicación permanente. Pongamos solo como ejemplo que en una oleada de incendios forestales la ley exige la presencia (¿continuada?) del alcalde mientras duren.
Por otra parte hay que tener en cuenta el lucro cesante, es decir, lo que deja de ganar en su vida profesional o laboral. Claro que también podemos optar por la solución barata. Elegir alcalde al que es rico por la familia o al que no vale para otra cosa. Ahí, con el salario mínimo arreglamos.
En resumen, y teniendo en cuenta que cada ayuntamiento es un mundo, un alcalde, incluso de uno pequeño, con 3.000€ al mes, no me parece una exageración. Si hablamos de municipios mayores... que cada uno eche cuentas.
Rafa Castillo.

martes, 14 de junio de 2011

Retribuciones en las nuevas corporaciones.

Las recientes elecciones locales presentan una situación que en muchos ayuntamientos puede ser una novedad. La falta de pactos globales de gobierno entre el PSOE y otras fuerzas políticas como IU en el Estado, BNG en Galicia y las particulares situaciones en varias comunidades autónomas darán lugar a gobiernos en minoría ya que en muchos municipios el pacto se limita a la elección del alcalde sin integrarse en el gobierno.
Será curioso ver como se resuelve la situación en función de las actitudes de los partidos y de la sensibilidad de cada concejal. La primera prueba de toque se producirá en la negociación del sueldo y la dedicación que debe de aprobar el pleno para alcaldes, tenientes de alcalde y concejales con responsabilidades. Y ello porque, a buen seguro, en la mayoría de ellos dependerá de si finalmente hay acuerdo de gobierno o no.
Creo que el problema, en general, está mal planteado. Hay que empezar por considerar que lo que se acuerda no es exactamente los sueldos, sino las dedicaciones que debe de haber. Y, decidido si las hay se fijan los sueldos.
El planteamiento correcto, a mi juicio, sería no establecer las dedicaciones en función del pacto (si no hay acuerdo, solo una, si lo hay, cuatro para ti y dos para mí) sino, al contrario, empezar por estudiar esto, antes del posible pacto, principalmente entre el grupo del alcalde y los que apoyaron o permitieron su investidura y por tanto lo comprometieron a gobernar.
Es decir. Lo que hay que decidir es cuanto dinero se puede destinar a retribuir a los corporativos y cuantas son las dedicaciones que necesita realmente el ayuntamiento en función de la labor a desarrollar, no las que necesita cada grupo para satisfacer las aspiraciones de sus miembros.
Y, hecho esto, veremos si hay acuerdo en el programa de gobierno o no. Si lo hay, analicemos como repartimos las dedicaciones. Si no, las llevará quien gobierne. Porque claro, habría que ver si quien limita las dedicaciones del grupo de gobierno a solo las del alcalde, por ejemplo, aceptaría ser nombrado teniente de alcalde sin retribución.
Rafa Castillo.

domingo, 12 de junio de 2011

Reflexión.

Se va a cumplir un mes desde el inicio del movimiento del 15-M. Las acampadas de referencia como la de Sol se van a retirar. En Monforte funcionó muy bien el primer acto en la plaza de España, pero el siguiente y los dos del parque de los Condes reunieron muy poca gente. Se lograron firmas, eso sí, pero gracias a la acción de compañeros que fueron por las calles. La pregunta es que hacer ahora.
De momento, en el conjunto de España, e incluso más allá de sus fronteras, hemos conseguido que la gente se fije en nosotros. Ya saben que estamos indignados. Y muchos se dieron cuenta de que lo estaban sin saberlo. Existe este movimiento (que malos recuerdos trae la palabra) se ha hecho visible, presente en la sociedad. ¿Pero estamos seguros de cuales son los objetivos?
Existe un manifiesto inicial de Sol que todos leemos semanalmente en público (con o sin público) con la misma rutina con la que el cura lee un fragmento del evangelio durante la misa. Y a ese manifiesto, con cuyo contenido total no hay que estar absolutamente de acuerdo, (yo no lo estoy) hemos ido añadiendo cada uno diversas indignaciones o reivindicaciones, desde las más globales a una mejora del alcantarillado en un barrio, desde las más sensatas hasta que eliminen el agujero de los donuts.
Tenemos que plantearnos cuales son las reivindicaciones importantes del movimiento, y separarlas de lo demás. E incluso si nuestras propuestas funcionan y como.
Pedimos, por ejemplo, Democracia Real ya. Pero, ¿cómo la definimos? ¿Nos referimos con esa expresión todos a lo mismo? Y, lo que es más importante, ¿funciona dentro del movimiento?
Porque claro. Podemos limitarnos a asumir todas las reivindicaciones que todos hagamos y tendremos un conjunto de dos o tres millones de reivindicaciones todas ellas seguramente justas e importantes para quien las propuso, pero en la que el cambio climático global puede encontrarse entre la queja por una farola mal colocada en la Gironde de Francia o un contenedor de latas en Benicarló que los operarios dejaron sin vaciar.
Luego en la definición de democracia real hay quien entiende por una multiplicación de referéndums, por que gobiernen los elegidos y no los poderosos, por una democracia participativa a través de internet, o por un cambio en la dichosa ley D’Hont, que por cierto no se puede cambiar, porque es una formulación matemática de obtención de proporcionalidad que, como todas, funciona bien en grandes números, pero falla con circunscripciones pequeñas, por lo que el problema no está en la Ley, sino en las circunscripciones, pero este es un debate más complejo.
Pero volvamos a nosotros mismos. Madrid no es la Roma Imperial ni el París Revolucionario. Elaboraron un manifiesto que puede ser un buen punto de partida, pero no el definitivo. Pero en este mes no hemos hecho un ensayo de democracia real estableciendo una línea de debate para que ese primer manifiesto se enriqueciese con las aportaciones de todos, y se aprobase con el voto de la mayoría.
En definitiva. Tenemos que elegir si nos conformamos con ser una protesta importante, o decidimos ser, y ofrecer a la sociedad, una alternativa real.
Rafa Castillo.

jueves, 9 de junio de 2011

La gran diferencia.

Como hay que criticarlo todo, desde el partido popular y los medios que le apoyan y dirigen atacan a Rubalcaba por ser candidato y seguir como vicepresidente del gobierno. Seguramente su hubiese dimitido habría las mismas críticas por hacerlo. Olvidan, en primer lugar, que Alfredo aún no es candidato hasta que se cierre el proceso de primarias. Pero, cuando lo sea, ¿deberá de dimitir?
En nuestros 35 años de experiencia democrática será esta la tercera vez que el candidato del partido gobernante no es el propio presidente optando a la reelección. El primero fue Landelino Lavilla siendo presidente Calvo Sotelo y el otro Rajoy bajo la presidencia de Aznar. Landelino no era ministro, sino presidente del Congreso, y desde ese puesto enfrentó las elecciones. Mariano era vicepresidente y al ser designado candidato cesó en su puesto.
¿Quiere eso decir que entonces Alfredo debería de dimitir si se convierte definitivamente en candidato, o incluso ahora?
Le achacan que siendo candidato no podrá atender a sus obligaciones en el gobierno. ¿De donde sacan eso? ¿Es que acaso Suárez, González, Aznar o Zapatero incumplieron sus obligaciones por ser candidatos? Es más. Los presidentes Suárez, González y Zapatero hacían habitualmente campaña los fines de semana. Pero todos recordamos mítines de Aznar, antes y durante la campaña, en días de semana.
Realmente la diferencia está en que Rajoy se escapó del gobierno para no tener que responder a la oposición y poder mantener oculto su programa. Alfredo, por el contrario, no rehuye el debate. Tiene ideas claras y un programa que presentar. Y no tiene miedo a las contradicciones o a las medidas impopulares. Está seguro de lo que se hace y por que se hace.
Esa es la diferencia entre quien se avergüenza de su ideología y quien está orgulloso de ella. ¡Ánimo, Alfredo!
Rafa Castillo.

martes, 7 de junio de 2011

En la demagogia vale todo.

Parece ser que el partido popular nunca tuvo responsabilidades de gobierno, ni siquiera en un ayuntamiento, desde que su fundador, Manuel Fraga, era el patriarca de una tribu en la época de Moisés. Porque, al parecer, esta gente no conoce el funcionamiento de un sistema organizado de gobierno y de sociedad.
¿Qué papeles de valor puede destruir un gobernante? Pues si exceptuamos la agenda de teléfonos y citas con sus amantes, porque no la puede llevar a casa, no se me ocurre ningún otro.
Seamos serios, y no lo digo por mi chiste anterior, sino por el PP. Se destruirán anotaciones personales, reflexiones, confidencias, apuntes de opiniones sobre terceros, ideas a medio diseñar, proyectos que ya no se llevarán a cabo, cartas de votantes, peticiones no atendidas...
Pero, ¿puede desaparecer una factura, un contrato, o cualquier otro documento oficial? A ver, analicémoslo como si fuésemos parvulitos a ver si así nos entienden. Si yo, gobernante, destruyo una factura que ya pagué, el resultado es que he hecho un pago que ahora no puedo justificar. Sería inteligente, ¿verdad? Si destruyo una factura que aún no pagué... seguro que al acreedor no le importa y no va a exigir su pago.
Lo mismo ocurre con un contrato. Sea de compraventa, de ejecución de obras o servicios o de personal. Bueno, eso si... como se me ocurrió poner el porcentaje de soborno o comisión en el contrato, ahora lo hago desaparecer...
Porque claro, Sra. Cospedal. Todos los pagos, todos los contratos, todos los documentos no están registrados, intervenidos por el correspondiente funcionario, certificados y anotados en libros. ¿O es que para Vd. los funcionarios no son de fiar?
Por cierto. Hoy, en todo caso, más que destruir papeles, en todo caso, se formatearían discos.
Rafa Castillo.

lunes, 6 de junio de 2011

Necesito escribirlo.

Desde que nací he pasado muchas vacaciones en la casa natal de mi madre, y muchos findes. Incluso viví un año en la que fue casa de mis abuelos. Desde que hace 20 años nadie vive en ella la visité varias veces. Pero solo el piso de arriba. Abajo eran las cuadras. Hoy coincidió. Al pasar delante de lo que recuerdo como cuadra de los cerdos mi madre me dijo. Ven. Cruzando el espacio en el que en su día hubo una puerta había un habitáculo de 2,5x2 metros. Tenía otra entrada a lo que llamábamos taller, y tras una pared de piedra el lugar donde hubo una zapatería (no de venta, de reparación artesanal de calzado) donde luego yo recuerdo conejos. Y al otro lado un pasadizo estrecho que daba a la cuadra de las vacas, por donde él pasaba a las noches para subir a casa.
Hoy estuve en el zulo en el que se refugió mi abuelo hasta que los fascistas lo encontraron. El lugar en el que mis tíos Milín e Isaac tuvieron que quitar a la fuerza la hierba hasta dejarlo al descubierto ante sus verdugos. El sitio en el que mi abuela Bernarda, mi tía Paz y mi madre Luz (de 3 y 5 años) presenciaban impotentes tan turbia escena.
Hoy, en ese Templo de la libertad, de la lucha por los derechos, de la dignidad, de la resistencia, de los guímaros, guardé por unos instantes un respetuoso y orgulloso silencio. Hoy regresé a casa llorando. Hoy tengo más ganas de luchar que nunca. Hoy estoy más indignado que nunca.
Rafa Castillo.

domingo, 5 de junio de 2011

Auditorías

Sin tomar aún posesión del gobierno de Castilla la Mancha y sin haber visto la documentación, el PP de Cospedal ya dice que están en la ruina. Es una buena forma de poner la venda antes de la herida y justificar así las privatizaciones que sin duda harán y los recortes sociales que ya tienen en mente.
Con el mismo motivo el PP en su conjunto a desvelado al fin la primera medida de su programa para municipales y autonómicas. Harán auditorías en todos los lugares en los que accedan al gobierno. Es decir, estimo en harán unas 2.500 auditorías entre municipios, diputaciones y comunidades.
No discuto que cuando lleguen a una nueva administración, si detectan irregularidades, facturas en los cajones, etc. deba hacerse una auditoría para poner en claro la situación. Pero hacerlas por sistema es un gasto inútil en una situación de crisis como la actual al tiempo que supone el ninguneo y la duda sobre la profesionalidad de miles de interventores y de los Consejos de Cuentas de las Comunidades Autónomas y del Tribunal de Cuentas del Estado.
Salvo, claro, que el control de la actividad económica y financiera sea el primer servicio a privatizar.
En todo caso, ya puestos y como por dos más no va a aumentar mucho el gasto, podrían en el mismo lote auditar la deuda del Ayuntamiento de Madrid o la situación de la Valencia de Camps.
Rafa Castillo.

sábado, 4 de junio de 2011

Éramos pocos y habló Tony.

Efectivamente. Uno de los enterradores del socialismo en Europa con su nefastamente conocida tercera vía y su servil dependencia de George W. Bush, y uno de las cuñas contra la Unión Europea, acaba de soltar dos perlas en España: "El socialismo necesita líderes dispuestos a asumir reformas" y "Las protestas en la calle no forman gobiernos".
Cuando hasta hace pocos años se hablaba de reformas, se entendía que eran las que para avanzas reclamaban los socialistas y progresistas en general, y a las que se oponían los populares. Pero no. Ahora, cuando “nuestro” Tony habla de reformas, es para echarse a temblar.
Ese individuo, que creo que aún conserva el carné del Partido Laborista británico, defiende reformas que no son más que recortes y reacción. Como cuando hablan los empresarios, banqueros y especuladores. Utiliza una palabra, “asumir” que, en su acepción de aceptar lo impuesto, es contraria a la filosofía de la izquierda. Por naturaleza la izquierda es reivindicativa, con más o menos moderación, pero progresando en una línea clara. Como decía Carlos Andrés Pérez, moviendo la cadena lo más que se pueda, pero sin que se cabree el mono.
Pero comete otro error el señor Blair. Posiblemente desde las islas británicas no se ven bien los continentes. Por eso dice que las protestas en las calles no forman gobiernos. Quizás no sabe de la Revolución Francesa. O no se enteró de la II Republica Española. Tal vez no está enterado de lo de Túnez o Egipto.
Vamos a no hacernos daño, mister. No vamos a por los gobiernos porque el verdadero enemigo está más allá. Pero si es posible que la calle no logre crear un gobierno, si podría tumbarlo. No se trata de eso, no es nuestro objetivo. Pero hablémonos con respeto e incluso, colaboremos.
Rafa Castillo.

miércoles, 1 de junio de 2011

Y qué más da!

Comentaban el otro día, de forma crítica que una de las hija de Zapatero participaba en Sol en las concentraciones del 15-M. El chiste era preguntar cual era la hija de ZP en Sol, y la estupida respuesta era: la gótica rodeada de escoltas. Hoy acabo de leer que acusan a la otra de tener un novio con quien se va a casar que es integrista musulmán.
¿Por qué orden se comenta esto?
Soy padre de una hija (para mí, como todos los padres una eterna niña) de 29 años. Se acaba de casar con quien ella quiso, y, genial, porque mi suerte es que su marido (Juan, ya sabes que solo escribo tonterias, así que no creas todo lo que digo, ni te acostumbres a mis piropos) es un tipo estupendo.
¿Qué haria yo si mi hija se casase con un musulmán, fuese gótica o estuviese en el 15-M? Pues es fácil.
Si se casase con un musulmán, seguramente no me gustaría. Sobre todo si era un musulmán integrista, machista, dominador. Como no me gustaría que se casase con un católico integrista y sobre todo si fuese del Opus Dei. Pero en cualquiera de los casos, si al final fuese feliz, estaría encantado. Y si no lo fuese… ella sabría que tendría unos brazos abiertos esperándola sin ningún reproche. Buscando soluciones, no recreando problemas.
¿Si fuese gótica? No sé mucho de eso. Mi edad y mi actual hábitat rural hacen que no conozca perfectamente las nuevas tribus urbanas. Pero si recuerdo las de mi época entre las que había algunas que no me gustaban. Pijos, por ejemplo. ¿Y qué? Pues lo mismo que antes... me gustase o no lo aceptaría y en todo caso mis brazos, como una brújula, segurían abiertos en la dirección que ella indicase.
¿Y si estuviese en el 15-M? Como en eso coincide conmigo me encantaría. Es más, estaría orgulloso ya que siempre, no voy a decir la eduqué en el sentido impositivo que eso tiene para muchos, le mostré el camino de la libertad, de la responsabilidad, del inconformismo y de la protesta, en primer lugar, conmigo. Y ella, por si misma, lo siguió
¿Y si estuviese en el 15-M y yo fuese presidente? Pensaría como Zapatero. Que ser presidente no es como ser Papa, no nos hace infalibles. Por cierto, ¿al Papa sí? Y que en todo caso, por encima de lo que ZP, yo y otros muchos pensamos, está la capacidad y el derecho de los que vienen detrás a discrepar. Y que pensar distinto en la misma línea es como (para los que sepan matemáticas) sumar véctores con ángulo menor de 90º. La resultante es siempre mayor y en dirección intermedia.
Claro que siempre hay quien piensa que ZP no debería consentir que sus hijas... que sus hijas deberían de ser ejemplo... que si sus hijas son x, entonces ZP es y=f(x) (otra notación matemática.
Y quienes, ante unas hijas libres o independientes como las de ZP o unos hijos independientes y libres como los de Felipe González, prefieren una hija tradicional como la de Aznar, que acepta el paripé de una “boda de estado” como si fuese Carmencita Martínez Boriú Franco, o a la ya famosa niña de Rajoy, no necesitan definición.
Rafa Castillo.